IFAS: SUSPENSION TEMPORAL DE LOS CRITERIOS DE GESTION DE BOLSAS.

24 de Marzo de 2020
IFAS: SUSPENSION TEMPORAL DE LOS CRITERIOS DE GESTION DE BOLSAS.

Mediante Acuerdo, de fecha 7 de marzo de 2020 (BOB núm. 52, de 16 de marzo de 2020) se acuerda la suspensión temporal de los criterios de gestión de bolsas y se adoptan los siguientes criterios:

 

Primero: Disponer la discriminación de llamamientos para los contratos de trabajo por centro asistencial, de forma excepcional y transitoria.

 

Así, las listas lo serán por centro de trabajo del personal sustituto que venga prestando sus servicios, de suerte que los sucesivos llamamientos se prediquen ya de tales centros respectivos sin alteración. De modo análogo los nuevos contratos lo serán ya, de manera sucesiva, para con ese concreto centro de trabajo, sin otro criterio que la particular aleatoriedad de su llamamiento. Esto es, donde se hallaren trabajando actualmente continuarán siendo llamados y quienes resulten contratados ex novo lo serán sucesivamente para el centro al que acudan.

 

En este mismo orden de cosas, los contratos de interinidad por vacante u otros de análoga naturaleza no serán susceptibles de cobertura, empleándose en su defecto e interinamente la contratación por acumulación de tareas por el plazo máximo legal previsto de seis --6--meses.

 

El ámbito de la División de Infancia y Adolescencia queda exceptuado inicialmente de estas previsiones restrictivas, sin perjuicio de lo que luego se dirá.

 

Segundo: Suspender la vigencia de las determinaciones contenidas en los denominados Criterios de Gestión de Bolsas, a salvo del criterio de prelación en las bolsas de trabajo, entretanto subsista la alerta sanitaria.

 

Un saludo,

Alexander Frías

 

BUFETE GORDONIZ ABOGADOS